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Tribunal Electoral de Michoacán sanciona a Fernández Noroña por violencia política de género

El senador de Morena será inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas tras una resolución unánime a favor de la alcaldesa de Uruapan, Grecia Quiroz García

by Editor Web
7 julio, 2026
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México- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) resolvió por unanimidad que el senador de Morena, Gerardo Fernández Noroña, incurrió en violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de la presidenta municipal de Uruapan, Grecia Quiroz García, por lo que ordenó su inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (RNPS).

En la resolución, el Pleno del Tribunal determinó que las expresiones realizadas por el legislador buscaron desacreditar la gestión de la alcaldesa y minimizar su trayectoria política por el hecho de ser mujer, además de restarle legitimidad a sus aspiraciones para contender por la gubernatura al vincularlas con circunstancias personales y no con sus capacidades.

Los magistrados concluyeron que dichos señalamientos rebasaron los límites del debate político y afectaron de manera diferenciada los derechos político-electorales de la presidenta municipal.

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Como parte de la sentencia, el Tribunal declaró existente la infracción y ordenó medidas de reparación integral a favor de la denunciante. Asimismo, dio vista a la Mesa Directiva del Senado de la República para que actúe conforme a sus atribuciones y vinculó al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Instituto Electoral de Michoacán (IEM) para el cumplimiento de la resolución. También notificó la determinación a la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

El caso se originó en febrero de este año, cuando Grecia Quiroz presentó una denuncia ante el Instituto Electoral de Michoacán, organismo que en una primera instancia le dio la razón y dictó medidas cautelares de urgencia para que Fernández Noroña retirara, en un plazo de 24 horas, los videos considerados ofensivos y se abstuviera de realizar actos de hostigamiento.

El senador eliminó los contenidos señalados para cumplir con la orden, aunque manifestó públicamente que se trataba de un acto de censura y rechazó haber incurrido en conductas misóginas.

Posteriormente, en abril, el Tribunal Electoral de Michoacán desechó el asunto al considerar que la alcaldesa había llegado al cargo por designación del Congreso estatal y no mediante elección popular, criterio que fue impugnado por Quiroz ante la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En junio, la Sala Regional revocó por unanimidad la resolución del tribunal local y estableció que las mujeres que ejercen cargos públicos de manera interina, sustituta o por designación cuentan con los mismos derechos político-electorales y la misma protección frente a la violencia política de género que aquellas electas mediante el voto ciudadano.

Tras esa determinación, el expediente regresó al Tribunal Electoral de Michoacán, que este lunes emitió el fallo definitivo en favor de la alcaldesa, ordenando la inscripción del legislador en el registro nacional correspondiente.

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