Guanajuato— El Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) dejó sin efectos la disposición del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) que reservaba exclusivamente para mujeres las candidaturas a las presidencias municipales de 13 ayuntamientos, al determinar que el organismo electoral excedió sus facultades reglamentarias y vulneró principios que rigen los procesos electorales.
Durante la sesión pública del 14 de octubre, el órgano jurisdiccional resolvió que la medida, aprobada mediante el acuerdo CG-IEEG/055/2026, afectaba los principios de autodeterminación y autoorganización de los partidos políticos, además de carecer de sustento suficiente en la legislación electoral local.
Francisco de Jesús Reynoso Valenzuela, secretario coordinador de la primera ponencia del TEEG, explicó que la disposición aprobada por el Consejo General del IEEG rebasó sus atribuciones, pues la normativa de Guanajuato no establece bases para implementar una reserva de candidaturas de este tipo.
Aunque reconoció que la acción afirmativa tenía como objetivo favorecer el acceso de las mujeres a las presidencias municipales, sostuvo que la medida no cumplía con los requisitos de necesidad y proporcionalidad en sentido estricto.
Otro de los argumentos centrales de la resolución fue la afectación al principio de certeza electoral, debido al momento en que se emitió la disposición. Según explicó Reynoso Valenzuela, el acuerdo se aprobó siete días después de la publicación de la convocatoria dirigida a quienes buscaban participar mediante candidaturas independientes y 10 días antes del inicio del plazo para presentar los avisos de intención.
El tribunal consideró que estos tiempos no fueron adecuados ni oportunos, al modificar las condiciones de participación cuando los procedimientos para las candidaturas independientes ya estaban en marcha.
La determinación del IEEG había recibido 37 recursos legales promovidos por personas y actores inconformes, quienes cuestionaron tanto las atribuciones del instituto para establecer la medida como las condiciones y los plazos en que fue aprobada.
Los municipios alcanzados por la resolución son Apaseo el Grande, Comonfort, Cortazar, Doctor Mora, Dolores Hidalgo, Purísima del Rincón, Romita, San Francisco del Rincón, Santa Cruz de Juventino Rosas, Tarimoro, Tierra Blanca, Uriangato y Valle de Santiago.
Con la resolución del TEEG, queda sin efecto la obligación de reservar exclusivamente para mujeres las candidaturas a las alcaldías de estas 13 demarcaciones, por lo que se modifican las condiciones de postulación establecidas previamente por el instituto electoral.
La decisión reabre el debate sobre los mecanismos para impulsar la participación política de las mujeres y garantizar su acceso a cargos públicos, frente a los límites legales y los principios de certeza que deben observar las autoridades electorales al establecer acciones afirmativas.









