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Partido Verde pide hasta 4 años de cárcel para quienes atenten sexualmente contra animales en Guanajuato

by A. Reyes
22 noviembre, 2025
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Redacción 

Guanajuato.-  Los diputados del Partido Verde en Guanajuato condenan la normalización de la violencia contra los animales, y “afirmamos que la integridad emocional, física y etológica de estos es un bien jurídico digno de tutela”, dijo la diputada Itzel Mendo González.

Esto, al presentar la iniciativa de reforma al Código Penal para el Estado de Guanajuato, con el objeto de tipificar el delito de zooerastia, “que es la imposición de la voluntad del ser humano sobre un ser vivo que es incapaz de consentir, y que, por tanto, comete una agresión sexual contra un ser sintiente”, abundó.

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La legisladora recordó que el mes de noviembre de este año, en el municipio de Celaya, grupos de rescatistas denunciaron un caso documentado de múltiples ataques sexuales contra animales ejecutado de un paseador y cuidador de perros.
“Este caso se denunció con pruebas testimoniales y videográficas, pero no se pudo iniciar una carpeta de investigación por lo que no se pudo sancionar al perpetrador debido a los vacíos de nuestra ley”, apuntó.
La legisladora citó que colectivos como «Salmantinos Unidos por el Respeto y Bienestar Animal» (SURBA) han mencionado que cuentan con pruebas en video de este tipo de actos, con los cuales han denunciado ante la fiscalía, pero lamentablemente no proceden penalmente porque la zooerastía no está tipificada como delito en Guanajuato”.
En ese sentido destacó que, a nivel nacional, de los 32 estados de la república, 22 tienen tipificados los actos de zooerastía en sus Códigos Penales como delito, pero Guanajuato no forma parte de estos.
Itzel Mendo González precisó que esta contempla imponer de uno a cuatro años de prisión y de sesenta a trescientos días multa, a quien dolosamente incurra en esta conducta, posea material de pornografía donde se utilicen animales con fines sexuales, para su venta, distribución, exhibición o difusión.
Las penas se aumentarán hasta en una mitad, cuando el acto sexual con animales sea videograbado, fotografiado o registrado por cualquier medio por el sujeto activo y posteriormente difundido.

Los diputados del Partido Verde en Guanajuato condenan la normalización de la I contra los animales, y “afirmamos que la integridad emocional, física y etológica de estos es un bien jurídico digno de tutela”, dijo la diputada Itzel Mendo González.

Esto, al presentar la iniciativa de reforma al Código Penal para el Estado de Guanajuato, con el objeto de tipificar el delito de zooerastia, “que es la imposición de la voluntad del ser humano sobre un ser vivo que es incapaz de consentir, y que, por tanto, comete una agresión sexual contra un ser sintiente”, abundó.

La legisladora recordó que el mes de noviembre de este año, en el municipio de Celaya, grupos de rescatistas denunciaron un caso documentado de múltiples ataques sexuales contra animales ejecutado de un paseador y cuidador de perros.
“Este caso se denunció con pruebas testimoniales y videográficas, pero no se pudo iniciar una carpeta de investigación por lo que no se pudo sancionar al perpetrador debido a los vacíos de nuestra ley”, apuntó.
La legisladora citó que colectivos como «Salmantinos Unidos por el Respeto y Bienestar Animal» (SURBA) han mencionado que cuentan con pruebas en video de este tipo de actos, con los cuales han denunciado ante la fiscalía, pero lamentablemente no proceden penalmente porque la zooerastía no está tipificada como delito en Guanajuato”.
En ese sentido destacó que, a nivel nacional, de los 32 estados de la república, 22 tienen tipificados los actos de zooerastía en sus Códigos Penales como delito, pero Guanajuato no forma parte de estos.
Itzel Mendo González precisó que esta contempla imponer de uno a cuatro años de prisión y de sesenta a trescientos días multa, a quien dolosamente incurra en esta conducta, posea material de pornografía donde se utilicen animales con fines sexuales, para su venta, distribución, exhibición o difusión.

Las penas se aumentarán hasta en una mitad, cuando el acto sexual con animales sea videograbado, fotografiado o registrado por cualquier medio por el sujeto activo y posteriormente difundido.

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