Redacción
México.- En un paso significativo hacia la protección de los derechos laborales en México, el Diario Oficial de la Federación (DOF) ha publicado una reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. Esta reforma establece que exceder las jornadas laborales permitidas por la ley ahora se considera explotación laboral y será severamente castigado.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), la jornada laboral no debe superar las 48 horas semanales, y las horas extras no pueden exceder tres horas diarias ni nueve horas por semana. Además, el tiempo extra debe ser remunerado con un incremento del 100% sobre el salario correspondiente a las horas de la jornada regular.
Con esta reforma, las jornadas laborales que excedan estos límites serán tipificadas como un delito de explotación laboral. Las sanciones incluyen penas de prisión de hasta 12 años y multas que pueden llegar a los 70 mil días de salario mínimo.
Anteriormente, la explotación laboral se consideraba un delito de trata de personas principalmente en condiciones donde existían peligros o insalubridad sin protección adecuada, cargas de trabajo desproporcionadas en relación con el sueldo, o salarios inferiores al mínimo legal. Esta reforma amplía significativamente la protección, al incluir el simple hecho de exceder las jornadas laborales establecidas.
Esta modificación legal refuerza el compromiso del gobierno mexicano de proteger los derechos de los trabajadores y sancionar a quienes abusan de su poder en el ámbito laboral.
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