Redacción
México.- Una jueza de amparo ordenó a la Secretaría de Educación Pública (SEP) “restaurar”, por tiempo indefinido, el servicio de escuelas de tiempo completo y, por tanto, realizar los ajustes presupuestales necesarios para que dicho programa opere como lo hacía antes de su eliminación anunciada en marzo pasado por el gobierno federal.
La Juez Tercero de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México, Yadira Elizabeth Medina Alcántara concedió una suspensión definitiva para que, mientras dicta su sentencia de amparo, las autoridades encargadas de la aplicación de dicho programa, retomen el mismo como estaba antes de la emisión del acuerdo del 8 de abril pasado por el que se modificaron las Reglas de Operación del Programa La Escuela es Nuestra para el ejercicio fiscal 2022.
“Es decir, deberán adoptar las medidas que se estimen pertinentes a fin de que se sigan otorgando los mismos beneficios que se encontraban previstos en aquélla, incluyendo los ajustes presupuestarios que se estimen convenientes para ese fin.
“En caso de existir alguna imposibilidad para lo anterior, deberán adoptar las medidas conducentes para que, con la aplicación de las ‘Reglas de Operación del Programa La Escuela es Nuestra para el ejercicio fiscal 2022’, se contemplen los mismos derechos y beneficios prestacionales de servicio público educativo contenido en aquel sistema de la ‘Escuela de tiempo completo’, y no solo de apoyo económico (prestacional)”, advirtió la juzgadora.
Agregó que la medida no impide la subsistencia del programa “La Escuela es nuestra”, instaurado por el actual gobierno federal y que las autoridades pueden establecer nuevas reglas de operación y normas de fiscalización para garantizar que ambos programas subsistan y que las cuentas públicas rindan.
En su resolución, la juez destacó que la eliminación del presupuesto que antes se destinaba al programa de Escuelas de Tiempo Completo para aplicarlo al de la Escuela es Nuestra, no es un daño irreparable que impida la concesión de la suspensión definitiva porque el dinero no dejó de existir, sólo se destinó a un programa distinto.
“La ausencia de presupuesto por conclusión del ejercicio fiscal no pueda determinar la improcedencia de la suspensión, porque no hay evidencia de inexistencia presupuestal que, en todo caso, impida hacer los ajustes respectivos para cumplir con las medidas aquí analizadas”, indicó.
En consecuencia, la medida permanecerá vigente hasta que la juez dicte sentencia definitiva en el amparo tramitado por Mexicanos Primero.
La suspensión fue concedida el pasado 7 de septiembre y notificada al día siguiente, por lo que la SEP y el resto de las autoridades demandadas, entre ellas la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), pueden impugnar la resolución.