Redacción
México.- En una larga sesión de más de cinco horas, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación acreditó la promoción indebida de Gobernadores del proceso de revocación de mandato.
Por mayoría de cuatro votos contra tres, los magistrados confirmaron la sentencia de la Sala Especializada que consideró acreditada la difusión de propaganda gubernamental en un periodo prohibido durante la revocación de mandato, por parte de 17 mandatarios y mandatarias.
Entre los involucrados están la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, así como los Gobernadores de Tabasco, Colima, Veracruz, Guerrero, Morelos, Nayarit, Baja California, Baja California Sur, San Luis Potosí, Puebla, Michoacán, Campeche, Sinaloa, Sonora, Chiapas y Tlaxcala, quienes publicaron un desplegado en favor del Presidente de la República.
A propuesta del Magistrado Felipe de la Mata se aprobó confirmar la sanción a los Gobernadores y la Jefa de Gobierno por el desplegado titulado “Gobernadoras y Gobernadores de la 4ta Transformación”, así como un centenar de mensajes en redes sociales y distintos medios relacionados con el mismo.
Los magistrados discutieron sobre el alcance de las atribuciones del INE para ordenarle eventualmente emitir lineamientos sobre propaganda electoral como venía en el proyecto original, e incluso sobre el tipo de sanciones a los funcionarios.
La sentencia aprobada señala que se deberá inscribir a las personas servidoras públicas sancionadas en el Catálogo de Sujetos Sancionados y dar vista a los congresos locales respectivos para que determinen la situación jurídica de las personas sancionadas.
En otra sentencia, y vinculada también con la discusión de atribuciones del INE, los Magistrados revocaron un acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE que desechó una queja del partido Movimiento Ciudadano en contra de expresiones de varios funcionarios de los Gobiernos federal y de la Ciudad de México, así como de un diputado federal, que los calificó como traidores a la patria.
“Las expresiones que, presuntamente, fueron utilizadas por los funcionarios públicos denunciados guardan identidad con las utilizadas por los dirigentes partidistas de Morena; y esas expresiones no corresponden a opiniones o críticas severas, sino que se tratan de la imputación de un delito que no ha sido probado, lo que, en su caso, pudiera actualizar la calumnia electoral”, señala la sentencia aprobada.