Guanajuato- La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de Guanajuato aprobó este jueves el dictamen que declara inatendible la solicitud de revocación de mandato de la presidenta municipal de Irapuato, Lorena Alfaro García, promovida por el ciudadano Ricardo Gómez Escalante. Con esta decisión, el expediente será archivado de manera definitiva y se instruyó al secretario general del Congreso a proceder con su baja oficial.
El dictamen fue aprobado con seis votos a favor y uno en contra, tras un debate en el que los legisladores coincidieron en la falta de pruebas materiales que acrediten las acusaciones relacionadas con el presunto uso indebido de recursos públicos por parte de la alcaldesa.
El diputado Sergio Alejandro Contreras Guerrero explicó que, si bien en la denuncia se mencionaban diversas afirmaciones y señalamientos, no existían elementos de prueba suficientes para sostenerlas jurídicamente. “Nos corresponde hacer valer la ley, no las presunciones”, enfatizó, añadiendo que la Comisión no podía dar entrada a un procedimiento sin sustento material.
Por su parte, la diputada María Eugenia García Oliveros sostuvo que el análisis debía centrarse en determinar si la solicitud reunía los requisitos de procedencia y atendibilidad, y señaló que el dictamen hacía una interpretación errónea del principio de legalidad al evaluar el fondo del asunto, cuando solo correspondía analizar su forma.
Durante la discusión, la legisladora Rocío Cervantes Barba subrayó la importancia de actuar con imparcialidad, transparencia y respeto al debido proceso, recalcando que la revocación de mandato no debe usarse como herramienta política, sino como un mecanismo legítimo de control ciudadano. Añadió que la denuncia no cumplía con los requisitos básicos procedimentales establecidos por la ley.
El diputado Rodrigo González Zaragoza coincidió en que no se aportaron pruebas idóneas para acreditar responsabilidad alguna, por lo que —dijo— era necesario ser “muy acuciosos” para no permitir que lo político trasgreda lo legal.
En tanto, Carlos Abraham Ramos Sotomayor consideró que el proceso debía limitarse a verificar si existían indicios de una conducta presuntamente indebida, más que valorar pruebas en esta etapa, lo que correspondería a la Comisión de Responsabilidades.
Finalmente, el legislador Juan Carlos Romero Hicks, presidente de la Comisión, señaló que se actuó conforme al Estado de Derecho, recordando que siempre debe prevalecer la presunción de inocencia. “Tener la razón, saber acreditarla y que se conceda son tres momentos distintos; en este caso, las pruebas no fueron eficaces ni idóneas”, puntualizó.









