Redacción
Irapuato.- La Secretaría de Seguridad Pública del Estado dio a conocer que actualmente sólo en 34 de los 46 municipios en Guanajuato, los titulares de Seguridad Pública cuentan con la vigencia de su Evaluación de Control y Confianza, cumpliendo así con el requisito legal indispensable para que puedan fungir como titulares.
El encargado del despacho de la Secretaría de Seguridad, Víctor Armas, declaró en entrevista pasada, el estar en espera de las autoridades para realizar el examen, mencionando que la documentación correspondiente ha sido entregada y se encuentran en espera de que se le informe cuando presentarlos.
Esto puedo ser comprobado luego de que este miércoles la propia secretaria informara que 34 de los 46 encargados de la Secretaria de Seguridad de sus municipios cuentan con las evaluaciones pertinentes, no así otros cuatro, otros seis están en espera de los resultados y uno aún esta en proceso de designación, Jerecuaro; mientras que el encargado de despacho de la Secretaria de Seguridad Ciudadana de Irapuato ya tiene programado para presentar sus Evaluaciones de Control y Confianza, aunque no se especifica cuando.
Titulares que cuentan con sus Evaluaciones de Control y Confianza aprobadas y vigente con perfil de Secretario y/o Director de Seguridad Pública:
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Los titulares que no tienen los exámenes de control y confianza
- Comonfort
- Pueblo Nuevo;
- San José Iturbide;
- Santa Catarina;
Municipios en donde el titular aún espera los resultados de los exámenes de control:
- Celaya;
- Moroleón;
- Romita;
- Silao de la Victoria;
- Tarimoro; y
- Yuriria.
¿Qué dice la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato?
La Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, establece lo siguiente:
Artículo 80. La permanencia es el resultado del cumplimiento constante de los requisitos establecidos en la presente Ley para continuar en el servicio activo de las Instituciones Policiales. Son requisitos de ingreso y permanencia los siguientes:
II. De Permanencia:
e)…
f) Aprobar los procesos de Evaluación de Control y Confianza;
A nivel federal, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública contempla responsabilidades, incluso de carácter penal, en los siguientes supuestos:
Artículo 139.- Se sancionará con dos a ocho años de prisión y de quinientos a mil días multa, a quien:
III. Inscriba o registre en la base de datos del personal de las instituciones de seguridad pública, prevista en esta Ley, como miembro o integrante de una institución de Seguridad Pública de cualquier orden de gobierno, a persona que no cuente con la certificación exigible conforme a la Ley, o a sabiendas de que la certificación es ilícita.
De los anteriores dispositivos, se deriva la obligación legal de los gobiernos municipales para que los integrantes de las corporaciones de Seguridad Pública sean evaluados y aprueben el Control y Confianza.