México- El Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor que busca prohibir y sancionar las comunicaciones comerciales no autorizadas que se realizan de manera reiterada y persistente.
Con los cambios al artículo 18 Bis, las empresas y proveedores que contacten insistentemente a consumidores con fines publicitarios o comerciales sin su autorización podrían recibir multas de entre 56 mil 570 y 2 millones 345 mil 728 pesos.
La medida no se limita a las llamadas telefónicas, ya que también contempla otros medios de comunicación, incluidas aplicaciones de mensajería como WhatsApp, cuando sean utilizadas para ofrecer productos o servicios sin autorización.
La senadora Mayuli Latifa Martínez Simón, autora de la iniciativa, señaló que la reforma busca atender el incremento de llamadas no solicitadas con fines publicitarios y de mercadotecnia que reciben millones de personas en México.
De acuerdo con datos de Truecaller citados en el dictamen, México se encuentra entre los cinco países del mundo con mayor cantidad de llamadas no deseadas, con un promedio de entre 20 y 25 contactos spam por usuario al mes.
El dictamen señala que la saturación de este tipo de comunicaciones, además de representar una molestia para los consumidores, puede incrementar su vulnerabilidad ante posibles estafas y afectar su privacidad.
Aunque actualmente existe el Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP), administrado por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), las comisiones dictaminadoras consideraron que las sanciones vigentes no han sido suficientes para desalentar las llamadas comerciales no deseadas.
Por ello, la reforma plantea endurecer las multas en lugar de crear un nuevo registro. Además, mantiene la corresponsabilidad de los proveedores cuando contraten a terceros para realizar campañas publicitarias, por lo que recurrir a empresas externas no los eximirá de sus obligaciones.
La minuta fue enviada a la Cámara de Diputados para su revisión. Si es aprobada en sus términos, será remitida al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y entraría en vigor al día siguiente de su publicación.









