México- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó firme la sentencia que obliga a Elba Esther Gordillo Morales a pagar 19 millones 269 mil 323 pesos por concepto de impuesto sobre la renta (ISR), correspondientes a los ejercicios fiscales de 2008 y 2009.
Por unanimidad y sin discusión, el pleno del alto tribunal aprobó el proyecto presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, con el que se dio la razón a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y se revocó la decisión emitida en mayo de 2025 por la entonces presidenta de la Corte, Norma Piña Hernández, quien había admitido el recurso de revisión promovido por la exdirigente sindical.
El crédito fiscal fue determinado el 30 de agosto de 2016 por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), al detectar depósitos bancarios y pagos a tarjetas a nombre de la contribuyente que no correspondían a su régimen de sueldos y salarios. La autoridad consideró que dichos recursos constituían ingresos acumulables que incrementaron su patrimonio y, por tanto, generaban la obligación de pagar ISR conforme a la ley vigente.
Gordillo sostuvo que los recursos no eran ingresos propios, sino cantidades recibidas para cubrir gastos y erogaciones en representación del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), como asistencia a congresos y reuniones. Sin embargo, las autoridades concluyeron que no presentó pruebas suficientes —como órdenes o comisiones del sindicato— que acreditaran que actuaba por cuenta de un tercero.
Ante la Corte, la exlideresa impugnó diversos artículos del Código Fiscal de la Federación, la Ley del ISR y la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, al argumentar que vulneraban su derecho de audiencia y acceso a la justicia al imponerle una carga probatoria que, afirmó, no podía cumplir por no estar obligada a llevar contabilidad.
No obstante, el pleno determinó que el planteamiento no cuestionaba la constitucionalidad de las normas, sino que se trataba de un asunto de legalidad, por lo que confirmó la validez del crédito fiscal y la obligación de cubrir el adeudo.









