Redacción
México.– El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) fue condenado a indemnizar a una menor de edad y a su madre por la atención médica deficiente que recibió la niña en el Hospital Regional No. 46 en Jalisco, la cual resultó en graves secuelas de salud. La decisión fue tomada por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de Zapopan, Jalisco, luego de que la madre de la menor presentara una demanda por la negligencia del personal del IMSS en el tratamiento de su hija.
Según la demanda, el personal del IMSS no proporcionó los cuidados necesarios para prevenir la transmisión de enfermedades contagiosas dentro del hospital, lo que llevó a que la niña contrajera una enfermedad intrahospitalaria.
Además, se señaló la falta de diligencia en la toma de decisiones médicas oportunas, como la omisión de ordenar el traslado interhospitalario de la paciente, lo que habría podido estabilizar su salud. La falta de un servicio adecuado de ambulancias para realizar los traslados de manera inmediata también contribuyó al deterioro de la condición de la niña.
Los abogados de la madre de la menor argumentaron que la negligencia médica afectó el desarrollo bio-psico-social de la niña, con consecuencias a largo plazo para su vida. El tribunal también subrayó que la falta de acciones rápidas y apropiadas por parte del personal médico del IMSS afectó no solo la salud de la niña, sino también el bienestar de su madre.
El tribunal determinó que el IMSS incurrió en responsabilidad patrimonial del Estado por la mala atención prestada a la menor, que comprometió su desarrollo y bienestar. Los magistrados confirmaron que se demostraron todos los elementos necesarios para acreditar la responsabilidad del hospital, destacando que aunque no se probó que la niña contrajo la enfermedad en el hospital, hubo evidencia de que la condición de la menor no fue tratada adecuadamente, y que el traslado a otro hospital se retrasó seis horas.
Además, el médico tratante recomendó que la niña fuera ingresada al área de terapia intensiva, pero, en cambio, fue llevada erróneamente al área de urgencias. El tribunal también mencionó que el IMSS no presentó pruebas de un estudio de tamizaje oportuno ni los resultados correspondientes, lo que habría podido detectar la enfermedad a tiempo.
El tribunal ordenó que se realice un trámite de liquidación del monto de la indemnización, para lo cual se podrán presentar las pruebas pertinentes, incluida la pericial. Esto garantizará que la madre y la menor reciban una compensación adecuada por los daños causados.
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