Redacción
México.- Terminó la primera quincena del año y para muchos ya es momento de pensar de los días que tendrás para descansar en el 2023, los puentes que podrás aprovechar para salir de vacaciones aunque sea cortos.
¿En qué fechas son los días feriados y ‘puentes’ de 2023?
Acorde con la Ley Federal del Trabajo, estos serán los días de descanso para los trabajadores en 2023:
- 1 de enero: Si trabajaste ese día, tu empresa te debió de pagar al triple.
- 6 de febrero: Será el primer lunes del mes y corresponde a la celebración del Día de la Constitución.
- 20 de marzo: Cae en el tercer lunes del mes y corresponde a las celebraciones del natalicio de Benito Juárez.
- 1 de mayo: Será lunes, por lo que habrá puente ese fin de semana por el Día del Trabajo.
- 16 de septiembre: Aunque la fecha cae en sábado, se trata de un descanso obligatorio, y si te toca trabajar deberán pagártelo doble.
- 20 de noviembre: Será el tercer lunes de noviembre y corresponde a la conmemoración de la Revolución Mexicana.
- 25 de diciembre: Será lunes, por lo que habrá puente en ese fin de semana por la celebración de Navidad.
Es importante aclarar que, aunque el próximo 5 de febrero (Día de la Constitución) cae en domingo, la Ley Federal del Trabajo considera como día de descanso obligatorio el primer lunes del mes, por lo que sí habrá puente.
Semana Santa 2023: ¿Cuándo son Jueves y Viernes Santo?
La Semana Santa 2023 representa el primer periodo de vacaciones del año. Para esta ocasión será en abril cuando algunos trabajadores podrán disfrutar de algunos días de asueto.
Para la tradición cristiana, la Semana Santa se realiza para conmemorar anualmente la Pasión de Cristo, que representa su entrada a Jerusalén, la última cena con los apóstoles, el viacrucis, muerte y resurrección de Jesús. Esta conmemoración abarca del Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección.
¿Cuándo serán Jueves y Viernes Santo 2023?
- Jueves Santo: 6 de abril
- Viernes Santo: 7 de abril
- Sábado de Gloria: 8 de abril
- Domingo de Pascua: 9 de abril
Sin embargo, los trabajadores del país tendrán que laborar estos días, ya que la Ley Federal del Trabajo no considera el jueves y viernes santo (6 y 7 de abril) como días de descanso obligatorio, aunque algunas empresas sí otorgan esos días libres a los empleados con motivo de las celebraciones religiosas.
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